Estimado Socio. Te recordamos que cuentas con un Apoyo Funerario hasta por la cantidad de $17,000.00 (Diecisiete mil pesos 00/100 M.N.) incluyendo el I.V.A., el cuál podrá ser contratado en el grupo funerario de la elección de sus familiares.
Para el otorgamiento de dicho apoyo se tomarán en cuenta 3 factores, a cada uno de estos se les asigna un porcentaje, el cual en suma nos dará el 100% referente a los $17,000.00 del monto del apoyo.
Los factores de medición con su respectivo porcentaje son los siguientes:
Si algún Socio llegara a presentar una afectación directa, ya sea económica o de salud, podrá presentar la evidencia correspondiente, la cual se podrá tomar o no en cuenta para el otorgamiento del porcentaje del factor afectado, dicha evidencia se tendrá que anexar al expediente de solicitud de Apoyo Funerario.
El monto a otorgar de Apoyo Funerario al Socio, será del 100% el cual es de $17,000.00 (Diecisiete mil pesos 00/100 M.N.) siempre y cuando el Socio cumpla con los tres factores que se mencionan en la tabla anterior, en los casos donde el Socio no cumpla con todos los factores establecidos, se le otorgará el monto correspondiente al total de la suma que den los factores con los que cumple.
En caso de que la factura que se presente, sea por un monto menor, la cantidad que la Sociedad entregará, será la estipulada en dicho documento.
El Apoyo Funerario no demanda exclusividad, los familiares del Socio pueden contratar con el Grupo Funerario de su elección.
Si un Socio cuenta con un Plan Previsor contratado con algún grupo, los gastos que se efectúen para cubrir el servicio funerario del Socio fallecido, los cuales no estén contemplados dentro del Plan Previsor contratado por el Socio, podrán ser cubiertos con el apoyo funerario, hasta por el monto establecido para ello y, siempre y cuando se presente el comprobante fiscal
(factura en PDF y XML) a favor de la Sociedad.